Inicio · Blog

Artículo

Declaración de boletos aéreos ante SUNAT: transición 2026–2027

La RS 000033-2026/SUNAT aprobó la Declaración Jurada Informativa Boletos de Transporte Aéreo: una declaración por cada boleto, en formato XML bajo el estándar UBL 2.1. La RS 000140-2026/SUNAT permite continuar excepcionalmente con el PDT 3540 para los boletos emitidos de agosto a diciembre de 2026, bajo condiciones. Si la aerolínea declara un boleto por el nuevo medio, debe usarlo para todo ese mes y los posteriores.

Esta guía resume qué dice cada resolución, cómo se ordena el calendario de transición y qué debe preparar tu equipo contable y de sistemas para migrar sin sorpresas.

A quién aplica la declaración

La obligación recae en las compañías de aviación comercial que emiten boletos por el servicio de transporte aéreo regular de pasajeros. Deben informar a la SUNAT los boletos emitidos en el mes independientemente del medio de emisión empleado: web propia, oficinas, call center o canales de terceros.

Compañía emisora y papel del agente

Quien declara es la compañía aérea, no el agente de ventas. Sin embargo, el agente sí aparece en la información: cuando interviene en la operación, se consigna su RUC o, si es un agente no domiciliado que no está obligado a inscribirse en el RUC, el código que lo identifica. Por eso las ventas que llegan por agencias y BSP deben estar tan controladas como las ventas directas.

Calendario de transición 2026–2027

La transición combina tres momentos. La tabla resume las reglas; conviene revisarla con tu especialista tributario según el medio que ya usa tu aerolínea.

Boletos emitidosMedioPlazo de presentación
Hasta julio de 2026PDT 3540 (también sus rectificatorias y sustitutorias)Julio 2026: vence el 31 de agosto de 2026
Agosto a diciembre de 2026PDT 3540 excepcional o nueva Declaración Jurada Informativa (XML)PDT: último día hábil del mes siguiente. XML: hasta el séptimo día calendario del mes siguiente
Desde enero de 2027Nueva Declaración Jurada Informativa (XML)Hasta el séptimo día calendario del mes siguiente
Calendario ilustrativo elaborado a partir de las RS 000033-2026 y 000140-2026/SUNAT. Validar con un especialista antes de tomar decisiones.

Excepción PDT agosto–diciembre

Si tu aerolínea sigue usando el PDT 3540 durante la etapa excepcional, debe presentar una declaración mensual con la totalidad de boletos emitidos, a través de SUNAT Virtual. Por cada boleto se informa, entre otros datos, el número, la fecha de emisión, el tipo de boleto, el RUC del agente cuando intervino, la identificación del adquirente o del pasajero, el valor del servicio, el IGV, otros tributos y la forma de pago.

Qué cambia si ya usaste el nuevo medio

Aquí está la regla que más decisiones operativas exige. Si en cualquiera de los meses de agosto a diciembre de 2026 presentas un solo boleto mediante la nueva declaración:

  • Debes declarar por ese medio todos los boletos emitidos en ese mes.
  • Desde ese momento, todos los meses posteriores se declaran también por el nuevo medio. No hay vuelta al PDT.
  • Las rectificatorias o sustitutorias se presentan por el mismo medio de la declaración original.

Árbol de decisión rápido

  • 1. ¿Tu aerolínea ya envió algún boleto por la nueva declaración XML? → Si la respuesta es sí, ese mes y los siguientes van completos por el nuevo medio.
  • 2. ¿Aún no la usaste? → Puedes seguir con el PDT 3540 hasta los boletos de diciembre de 2026, cumpliendo sus condiciones.
  • 3. ¿Tus fuentes (BSP, ventas directas) ya generan los datos que pide el XML? → Si no, prioriza cerrar esa brecha antes de enviar el primer boleto.
  • 4. ¿Necesitas corregir una declaración? → Usa el mismo medio con que presentaste la original.

¿No tienes claro qué medio te corresponde este mes? Revisamos tu situación y el estado de tus fuentes de ventas.

Qué cambia con el XML por boleto

El cambio no es solo de formato. La nueva declaración se envía por cada boleto emitido y puede presentarse desde el mismo día de emisión. El archivo debe cumplir el formato digital XML bajo UBL 2.1 y las validaciones del anexo I, y enviarse en la forma del anexo II.

La SUNAT también busca información que el PDT no recogía, como el itinerario, el número de vuelo, el código de reserva, la fecha y hora de llegada o la tarifa. Eso significa que tus sistemas de reservas, venta y contabilidad deben poder entregar esos datos de forma consistente.

Después del envío, la SUNAT devuelve una Constancia de Recepción (CDR) aceptada o rechazada. Si no se cumplen las condiciones, la declaración se considera no presentada. Lo desarrollamos en validaciones y CDR por boleto.

Sustitutorias y rectificatorias

Para modificar cualquier dato de un boleto ya declarado, se envía otra declaración con toda la información del boleto, incluyendo lo que se corrige o agrega. Si se envía antes del vencimiento del plazo es una declaración sustitutoria; si se envía después, es rectificatoria.

Checklist para preparar la migración

  1. Confirmar qué medio usó tu aerolínea en cada mes desde agosto de 2026.
  2. Inventariar las fuentes de ventas: BSP, ventas directas, web, oficinas y otros canales.
  3. Verificar que existan los datos nuevos: itinerario, vuelo, reserva, llegada y tarifa.
  4. Definir quién valida los datos antes del envío y quién atiende los rechazos.
  5. Establecer cómo se conservará la CDR y la evidencia de cada boleto.
  6. Planificar pruebas con boletos reales antes de declarar el primer mes completo.
  7. Fijar una fecha de migración que no deje un mes con medios mezclados.

Diagnóstico de tu aerolínea

La migración exige coordinar contabilidad, sistemas y operación. Si tu equipo necesita ordenar fuentes, responsables y fechas, podemos revisar tu proceso actual y proponer un alcance realista. También puedes revisar cómo evaluar un proveedor o la solución JDM para la industria aérea.

Da el siguiente paso. Solicita un diagnóstico de tu línea aérea para saber si cumples con esta regulación.

Fuentes revisadas: RS 000033-2026/SUNAT · RS 000140-2026/SUNAT. Revisión normativa: septiembre de 2026. Este contenido es informativo y no reemplaza la evaluación de un especialista tributario.

Preguntas frecuentes

¿El PDT 3540 desapareció en agosto de 2026?

No. La RS 000033-2026/SUNAT entró en vigor el 1 de agosto de 2026, pero la RS 000140-2026/SUNAT permite, de forma excepcional, seguir usando el PDT 3540 para los boletos emitidos de agosto a diciembre de 2026, con las condiciones que establece la norma.

¿Puedo declarar un solo boleto en XML y el resto por PDT?

No en el mismo mes. Si en un mes de la etapa excepcional declaras un boleto mediante la nueva Declaración Jurada Informativa, debes usar ese medio para todos los boletos emitidos en ese mes y en los meses posteriores.

¿Cuándo vence la declaración por el nuevo medio?

Hasta el séptimo día calendario del mes siguiente al de emisión de los boletos. Si se usa el PDT 3540 en la etapa excepcional, el plazo es hasta el último día hábil del mes siguiente.

¿El SIRE y la declaración XML de boletos son lo mismo?

No. Son procesos distintos con finalidades y evidencias diferentes. Lo explicamos en detalle en nuestro artículo sobre SIRE y declaración XML de boletos aéreos.

Da el siguiente paso

¿Buscas una solución que se adapte a tus procesos?

Conversemos sobre cómo automatizar y asegurar la gestión tributaria de tu empresa con el respaldo de JDM.